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Para la venta o alquiler de su propiedad se siguen las siguientes pautas.

Compraventa:

Una vez tasada su propiedad, el propietario que desee poner a la venta dicho inmueble deberá entregar copia de la escritura, reglamento de copropiedad y plano, si existiera. Se suscribirá el mandato respectivo, donde constará el plazo de la autorización, el precio consensuado y el honorario pactado por la gestión de negocios. A partir de ese momento se ofrecerá dicho inmueble y se efectuarán las publicaciones acordes y en la periodicidad que se considere conveniente.

Alquileres:

Se seguirá igual procedimiento al anterior. Una vez recibida una reserva de alquiler, se procederá a solicitar los respectivos informes al Registro de la Propiedad y Veraz. Con dicha información y los datos personales y laborales del futuro locatario y garante se formará un legajo que se entregará al propietario para su aprobación, previo a la firma del contrato de locación.

 

 

 


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